Esta guía es informativa y no constituye asesoría legal. Los requisitos, formularios y criterios de evaluación los define la SUDEBAN y pueden cambiar: confirme siempre la versión vigente de la norma y trabaje el expediente con su asesor legal.
Qué es una ITFB y por qué importa
La Resolución SUDEBAN N° 001.21, Normas que regulan los servicios de tecnología financiera, creó el marco para que empresas de tecnología presten servicios financieros en el sector bancario venezolano bajo supervisión. La figura central es la institución de tecnología financiera del sector bancario, conocida como ITFB: una empresa que, con autorización previa de la SUDEBAN, ofrece servicios como billeteras, pagos, cobros o plataformas de financiamiento apoyados en tecnología.
La norma tiene dos efectos prácticos. Primero, define que estos servicios no pueden prestarse de forma libre: requieren autorización y quedan bajo la supervisión de la Superintendencia. Segundo, ordena la relación entre los bancos y los proveedores Fintech, de modo que una alianza entre ambos tenga reglas claras sobre responsabilidad, datos y continuidad del servicio.
Para un emprendedor o un grupo financiero, la autorización ITFB es la diferencia entre operar un producto propio y depender siempre de la licencia de un tercero. Para un banco, entender la figura sirve para evaluar socios: una ITFB autorizada ya pasó por un examen de gobierno corporativo, riesgos y tecnología.
Quién necesita la autorización
La regla general es sencilla: si su empresa va a prestar al público un servicio financiero apoyado en tecnología dentro del ámbito del sector bancario, debe revisar si la actividad encaja en los servicios regulados por la Resolución 001.21. Los casos más habituales son:
- Billeteras electrónicas y monederos que custodian saldos de usuarios o los mueven entre cuentas.
- Servicios de pago, cobro y adquirencia digital para comercios, incluidos los pagos con código QR y la aceptación en teléfonos.
- Plataformas que conectan a usuarios con productos de financiamiento o que gestionan pagos por cuenta de terceros.
- Empresas que se integran con bancos para ofrecer, con su propia marca, servicios que tocan fondos o datos de clientes.
No todo proveedor de tecnología necesita ser ITFB. Una empresa que solo licencia software a un banco, sin relacionarse con el público ni manejar fondos, suele tratarse como proveedor tecnológico del banco, y el banco sigue siendo el responsable ante la SUDEBAN. Ese es el caso de Alodiga: es un proveedor de tecnología, no capta fondos del público ni presta servicios financieros por cuenta propia. La frontera entre ambos modelos depende de los detalles del servicio, por lo que conviene analizarla con su asesor legal antes de diseñar el producto.
El marco normativo que rodea la autorización
La Resolución 001.21 no se aplica sola. Una solicitud sólida demuestra que el modelo cumple con el conjunto de normas que ya rigen al sector bancario. Las más relevantes para una ITFB son:
| Norma | Qué aporta a la solicitud |
|---|---|
| SUDEBAN, Resolución N° 001.21 | Define los servicios de tecnología financiera, la autorización previa y las alianzas con bancos. |
| Ley de Instituciones del Sector Bancario | Secreto bancario, tercerización de servicios tecnológicos y supervisión de la SUDEBAN. |
| LOCDOFT y Resolución SUDEBAN N° 010.25 | Prevención de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y de la proliferación de armas (LC/FT/FPADM). |
| Resolución SUDEBAN N° 641.10 | Seguridad, autenticación, disponibilidad y trazabilidad de la banca electrónica. |
| Normativa del BCV sobre sistemas de pago | Reglas de los pagos interbancarios, el pago móvil y las operaciones en divisas. |
| Ley Especial contra los Delitos Informáticos | Marco penal del fraude electrónico y el acceso indebido, relevante para los controles. |
Puede consultar la lista completa de normas que aplican a cada módulo en Seguridad y cumplimiento y una vista del país en Core bancario en Venezuela.
El proceso, paso a paso
Cada expediente es distinto, pero los procesos de autorización ante un supervisor bancario siguen una lógica parecida. Esta es la secuencia que conviene planificar:
1. Diagnóstico y definición del modelo
Antes de redactar documentos, defina con precisión qué servicio prestará, a quién, por qué canales, con qué fondos y con qué aliados bancarios. Esta definición determina qué normas aplican y cuánto pesa cada capítulo del expediente. Un error frecuente es describir el producto en términos comerciales y no operativos: la Superintendencia necesita entender el recorrido del dinero y de los datos.
2. Preparación del expediente
Es la fase más larga. Incluye la documentación societaria, la información de accionistas y directivos, el plan de negocios y los manuales de políticas y procedimientos. En paralelo, el equipo técnico documenta la arquitectura, los controles de seguridad y el plan de continuidad. Trabajar ambos frentes a la vez evita que la parte tecnológica se improvise al final.
3. Presentación y evaluación
La solicitud se presenta ante la SUDEBAN por los canales y formatos que esta indique. Durante la evaluación, el supervisor revisa la idoneidad de accionistas y administradores, la viabilidad del negocio, la gestión de riesgos y la solidez tecnológica. Es normal que la evaluación incluya reuniones y presentaciones del modelo.
4. Observaciones y ajustes
Lo habitual es recibir observaciones: aclaraciones sobre el flujo de fondos, ajustes a los manuales o información adicional sobre proveedores. Responder rápido y con evidencia concreta (diagramas, contratos, resultados de pruebas) acorta esta etapa. Tenga previsto quién responde cada tipo de observación.
5. Autorización e inicio de operaciones
Una vez autorizada, la institución prepara el inicio de operaciones conforme a las condiciones que fije la Superintendencia, que pueden incluir verificaciones previas. A partir de ese momento queda sujeta a supervisión continua: reportes, inspecciones y la obligación de mantener los controles que describió en la solicitud.
Nota: La guía no indica plazos ni montos de capital porque dependen de la Superintendencia y de cada caso. Pida esas cifras a la SUDEBAN o a su asesor legal; no las tome de fuentes informales.
Documentación típica del expediente
La lista definitiva la establece la SUDEBAN. La que sigue es orientativa y refleja lo que suele pedirse en procesos de autorización del sector bancario:
Corporativa y de gobierno
- Documento constitutivo y estatutos, con el objeto social alineado al servicio.
- Estructura accionarial hasta el beneficiario final y origen de los fondos aportados.
- Identificación, trayectoria y declaraciones de idoneidad de directivos y administradores.
- Estructura organizativa con funciones de riesgo, cumplimiento y auditoría independientes.
De negocio
- Plan de negocios con descripción del servicio, mercado objetivo y proyecciones razonadas.
- Descripción del flujo de fondos y, si aplica, de las alianzas con bancos.
- Contratos tipo con usuarios, comercios y aliados, con tarifas y condiciones claras.
De riesgos y cumplimiento
- Manual de prevención LC/FT/FPADM conforme a la Resolución 010.25, con política de conocimiento del cliente.
- Metodología de gestión de riesgos, incluido el riesgo operacional y tecnológico.
- Procedimientos de atención de reclamos y protección del usuario.
Tecnológica
- Arquitectura de la plataforma, dónde se alojan los datos y cómo se integran los aliados.
- Políticas de seguridad de la información, gestión de accesos y cifrado.
- Plan de continuidad del negocio y de recuperación ante desastres, con pruebas.
- Contratos con proveedores tecnológicos que cubran confidencialidad, auditoría y salida.
El rol de la tecnología en la solicitud
En una ITFB la tecnología no es un anexo: es el servicio. Por eso la evaluación técnica pesa tanto como la financiera. El supervisor quiere ver que la institución sabe dónde están sus datos, quién accede a ellos, cómo se detecta un fraude y qué pasa si un sistema falla.
Hay cuatro preguntas que una buena plataforma ayuda a responder con evidencia:
- Trazabilidad. ¿Puede reconstruir cada operación con su usuario, canal, fecha y resultado? Un libro mayor inmutable y registros de auditoría lo hacen posible.
- Conocimiento del cliente. ¿Cómo verifica identidades y vigila las operaciones? Ver AloCompliance para KYC, KYB y monitoreo transaccional.
- Prevención del fraude. ¿Qué reglas y modelos detectan comportamientos anómalos y quién revisa las alertas? Ver AntiFraude.
- Continuidad. ¿Cuál es el plan si cae un componente o un proveedor? La arquitectura en la nube y los planes de recuperación deben estar documentados y probados.
Si el proyecto es una billetera o un servicio de aceptación de pagos, las fichas de Billetera Digital y Punto Digital detallan las normas que aplican a cada producto. Como proveedor tecnológico, Alodiga puede entregar a su equipo la documentación técnica de la plataforma para el expediente; la solicitud y la responsabilidad ante la SUDEBAN siguen siendo de la institución.
Errores frecuentes
- Presentar un plan de negocios comercial sin un flujo de fondos operativo y verificable.
- Tratar el manual LC/FT/FPADM como un documento genérico copiado de otra institución.
- Elegir la plataforma tecnológica después de presentar la solicitud y tener que rehacer la parte técnica.
- No definir cómo se terminará la relación con un proveedor (salida ordenada y devolución de datos).
- Subestimar el tiempo de respuesta a observaciones por falta de un responsable por tema.
Lista de verificación antes de presentar
- El servicio, los usuarios y el recorrido del dinero están descritos en una página que cualquiera entiende.
- Las normas aplicables están identificadas y cada una tiene un responsable interno.
- Los manuales de riesgo y de prevención LC/FT/FPADM están adaptados al modelo real.
- La arquitectura, los controles de seguridad y el plan de continuidad están documentados y probados.
- Los contratos con aliados y proveedores cubren confidencialidad, auditoría y salida.
- Su asesor legal revisó el expediente completo frente a la versión vigente de la Resolución 001.21.
Alodiga · Equipo Alodiga · octubre de 2026 · Fuente: https://alodiga.com/recursos/licencia-itfb-sudeban